martes, 31 de agosto de 2010

Gobierno paró la inversion en hospitales

Las inversiones en hospitales han sufrido una disminución crítica en lo que va de este gobierno. A pesar de las promesas, la realidad muestra que las cosas han andado bastante mal. De partida, de todo el programa sectorial de inversiones 2010-2012 que fue entregado en Marzo a las nuevas autoridades solo una mínima parte se realizará. De hecho la tan publicitada construccion de hospitales modulares quedó en nada. Peor aun, de los 10 hospitales contemplados en el presupuesto para iniciar obras este año ninguno se ha materializado (Calama, Antofagasta, Fricke, Talca, Penco-Lirquen, Corral, Aysen, Red Sur y los dos concesionados Maipu y La Florida). De hecho en los ultimos días se anunció el atraso del inicio de obras de los Hospitales Maipu y La Florida para el 2011 y,  en el presupuesto 2011, solo se contempla un presupuesto total para inversiones de 84 mil millones  para estudios  de prefactibilidad y solo presupuesto para obras civiles del Hospital de Talca.

Es decir al momento actual NO HAY CONTEMPLADO RECURSOS PARA NINGUNO DE LOS PROYECTOS EMBLEMATICOS DE COSTRUCCION HOSPITALARIA. Ni se visualiza plan alguno para avanzar en la cartera de inversiones que se requiere para fortalecer el sector público.

Para información de todos, se adjunta la cartera de proyectos planificada y comprometida con Hacienda por el Gobierno de la Presidenta Bachelet. Lo solicitado para inversiones 2011 por el gobierno de Piñera es menos del 20% de lo que se requiere para avanzar con el programa de inversión hospitalaria comprometido por el candidato Piñera.

lunes, 30 de agosto de 2010

La ignorancia sanitaria de autoridades MINSAL pone en riesgo salud de los mineros

El Ministro Mañalich anunció con gran pompa y ceremonia que los mineros fueron vacunados contra tetanos, difteria, influenza, neumococo, influenza A H1N1 , Hepatitis y Tifoidea.  Nuevamente las autoridades a cargo : Ministro y Subsecretaria de Salud Publica muestran su tremenda ignorancia respecto e Salud Publica:

Cualquier Epidemiólogo, salubrista o medico recién recibido sabe que:
- Cualquier vacunación en personas en esas condiciones genera riesgos innecesarios para su salud: a) Riesgo de infección en la zona de la inyección con posibilidad de celulitis, o flegmón , difíciles de tratar a distancia b) Riesgo de reacciones alérgicas que pueden llegar hasta un shock anafiláctico.
- Básico a nivel conocimiento estudiante de Medicina: NO HAY riesgo de contacto con virus de influenza ni neumococo, ni difteria a esa profundidad
- NO HAY tétanos a 700 m. de profundidad (no sobrevive Clostridium)
- Hepatitis y tifoidea son enfermedades excepcionales en estas condiciones. Lo que se hace como es obvio, es separar zonas de letrinas de zonas de comida y mantener condiciones de aseo básico, cosa que por lo demás ellos ya hicieron.

Entonces seria bueno pensar un poco e informarse antes de tomar decisiones que en vez de ayudar ponen en riesgo innecesario la salud de los mineros

miércoles, 25 de agosto de 2010

Documento de Seremi Salud Atacama desnuda situacion de Mina San Jose

INFORME TÉCNICO 151/2010

Seremi de Salud Atacama
Copiapo, 17 Agosto 2010


1. Atribuciones de SERNAGEOMIN en materia de clausuras, prohibiciones de funcionamiento, paralizaciones de faena y cierre:

SERNAGEOMIN, es el organismo técnico competente en todas las faenas de minería extractiva, este organismo tiene la facultad de suspender una faena minera y solicitar plan de cierre definitivo, según lo establece el DS 72 “Reglamento de Seguridad Minera”.

2. Atribuciones de la Autoridad Sanitaria en materia de clausuras, prohibiciones de funcionamiento, paralizaciones de faena y cierre:

El libro X del DFL 725 “Código Sanitario” en su Titulo III art 178, faculta a la ASR para emplear medidas sanitarias como, clausurar, prohibir funcionamiento o paralizar una faena en virtud de la existencia de un riesgo inminente a la salud de la personas .

Por otra parte, El Art. 68 de la Ley 16.744 faculta al SNS (ASR), para clausurar fábricas, talleres, minas o cualquier sitio que signifique un riesgo inminente para la salud de los trabajadores o de la comunidad.

3. Atribuciones y Competencias en Caso de Accidentes.

El D.S. Nº 72”Reglamento de Seguridad Minera” , establece en su artículo 4 que: “de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º, Título I del Decreto Ley Nº 3.525 de 1980, corresponderá al Servicio Nacional de Geología y Minería, la competencia general y exclusiva en la aplicación y fiscalización del cumplimiento del presente Reglamento, y en su artículo13 establece que: corresponden al servicio, en forma exclusiva, las siguientes funciones y atribuciones:

a) Controlar y fiscalizar el cumplimiento de las normas y exigencias establecidas por el presente reglamento y de aquellas dictadas por el propio servicio, en el ejercicio de sus facultades.

b) Investigar los accidentes del trabajo, con lesiones a las personas, daños graves a la propiedad que el servicio estime conveniente, sin perjuicio de lo anterior, siempre deberá investigar aquellos accidentes que hayan causado la muerte de algún trabajador. El servicio está facultado para tomar declaraciones del hecho al personal involucrado y a la supervisión; estas declaraciones quedarán debidamente registradas y firmadas por el declarante.

c) Exigir el cumplimiento de las acciones correctivas que resulten de las dos atribuciones anteriores.

d) Proponer la dictación de normas, instructivos, circulares y desarrollar todo tipo de actividades de carácter preventivo, tendientes a optimizar los estándares de seguridad en la industria extractiva minera.

Respecto a los procedimientos de actuación de la SEREMI de Salud en la Investigación de Accidentes la Circular Nº 2.345 de la SUSESO, imparte instrucciones respecto de las obligaciones impuestas a las empresas por los incisos cuarto y quinto del artículo 76 de la Ley N° 16.744, en virtud de lo establecido en la Ley N° 20.123, se destaca los siguientes puntos:

1. Cuando ocurra un accidente del trabajo fatal o grave en los términos antes señalados, el empleador deberá suspender en forma inmediata las faenas afectadas y además, de ser necesario, deberá evacuar dichas faenas, cuando en éstas exista la posibilidad que ocurra un nuevo accidente de similares características.

2. El empleador deberá informar inmediatamente de ocurrido cualquier accidente del trabajo fatal o grave, tanto a la Inspección del Trabajo, como a la SEREMI de Salud, que corresponda al domicilio en que éste ocurrió.

4. Atribuciones y Competencias para reanudar faenas suspendidas por Accidente del Trabajo Grave o Fatal:

La facultad de reanudar las faenas auto suspendidas por Accidentes del Trabajo Grave o Fatales, recae solo en las Autoridades Sanitarias Regionales y las Inspecciones del Trabajo. La institución que inicia el proceso de investigación es quién levanta la auto suspensión de faena, previo cumplimiento de las medidas correctivas indicadas. Lo anterior esta avalado en el Art. 76 inciso 4 y 5 de la Ley 16.744, modificado por la Ley 20.123 y la Circular 2.345 de la SUSESO, que instruye a las empresas respecto de las obligaciones impuestas en los incisos 4 y 5 del art 76 de la Ley 16.744, en virtud de lo establecido en la Ley 20.123 (Ley de Subcontratación). Dicha circular en el titulo II: Procedimientos, punto N° 8 establece:

"La reanudación de faena solo podrá ser autorizada por la entidad fiscalizadora que corresponda, Inspección del Trabajo o Secretaria Regional Ministerial de Salud. Dicha autorización deberá contar por escrito, sea en papel o medio digital, debiendo mantenerse copia de ella en la respectiva faena".

Cabe señalar que en el caso de accidentes mineros, esta ARS no cuenta con las competencias técnicas necesarias, para sugerir medidas correctivas inmediatas, ni para determinar causas basales en la investigación de accidentes. Es así como, en casos como el del accidente del día 03 de Julio 2010, se hace necesario analizar materias de orden geológico e ingeneril de especialidad en minas subterraneas. Dichas especialidades no son propias de la Autoridad Sanitaria y tampoco se cuenta con referentes especialistas a Nivel Central. En este contexto, las reanudaciones de faena se autorizan previo pronunciamiento de SERNAGEOMIN respecto al cumplimiento de medidas correctivas solicitadas por ese Organismo. Esto se realiza tomando como referencia lo establecido en la Orden de Servicio N° 7 de la DT.

En virtud de lo anterior, y respecto del accidente del día 03 de Julio 2010, una vez que la empresa cumplió con las medidas correctivas que le solicito SERNAGEOMIN y recibió por parte de este el oficio N° 04074 – 2010, que les autoriza a reanudar la faena. Dicha empresa presento el día 21 de julio 2010, la solicitud de alzamiento de suspensión, adjuntando oficio de SERNAGEOMIN. Con estos antecedentes se procedió a alzar la suspensión de faena en virtud de que a juicio del organismo competente en el área de minería, habrían subsanado las deficiencias que dieron origen al accidente

5. Sobre los accidentes previos ocurridos en la Mina San José:

Durante el presente año, previo al accidente del 05 de Agosto que mantiene a 33 trabajadores atrapados en la Mina San José, han ocurrido dos accidentes del trabajo graves:

• En el accidente del trabajo grave del 26 de Enero del 2010, la investigación preliminar del accidente determina que principalmente las acciones inseguras del operador fueron la causa primaria del accidente, por lo que no se inició de forma inmediata el sumario sanitario, la investigación aún no ha terminado.

• El día sábado 03 de Julio 2010, se realiza visita de inspección en Mina San José, con motivo de la notificación de Accidente del trabajo Grave por derrumbe en el nivel 60 NNE (Norte,Norte, Este), no se inspeccionó el interior mina en virtud de que SERNAGEOMIN, tiene la competencia exclusiva. Se constató que la faena estaba suspendida, y se dio inicio a la investigación de accidente, a través de la solicitud de antecedentes.

El día 8 de julio 2010, como continuación de la investigación del accidente grave del día 3 julio en el nivel 60 NNE (Norte,Norte, Este) de Cia Minera San Esteban Primera, Mina San José, se realiza una segunda visita de inspección, para verificar condiciones de higiene y seguridad en las instalaciones de superficie, detectándose infracciones en sala de procedimientos de enfermería, casino de alimentación, sistema de alcantarillado y agua potable, por no contar con resoluciones de autorización de funcionamiento, además de constatar deficiencias de aseo en servicios higiénicos y comedor, por lo que se inició sumario sanitario.

6. Sobre la pertinencia de prohibición de funcionamiento por parte de la ASR en las instalaciones de la Mina San José:

Los sumarios iniciados el 17 de febrero del 2008 y 8 de Julio 2010 fueron iniciados por infracciones a los decretos supremos Nº 977/96 ”Reglamento Sanitario de los Alimentos” y Nº 594/99 “Reglamento de Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, de acuerdo a lo constatado por los funcionarios de la ASR no ameritaban prohibición de funcionamiento, ya que no se evidenció existencia de un riesgo inminente a la salud de las personas en el momento de las visitas inspectivas. Cabe señalar que no existía en ese momento evidencia alguna que sustentara una medida sanitaria de ese tipo, por un riesgo inminente a la salud de las personas, dado que las infracciones se deben a la falta de formalización y no a la inexistencia de recursos básicos como agua potable, baños y comedores, lo que si implicaría un riesgo inminente a la salud de las personas al no contar con las condiciones mínimas para trabajar.

Es importante destacar que eventualmente una hipotética, prohibición de funcionamiento de las instalaciones de apoyo antes descritas, no define el cese de funcionamiento de la totalidad de actividades de extracción propiamente tal, en este punto es relevante considerar que es el pronunciamiento de SERNAGEOMIN el que prevalece.

7. Sobre Condiciones Sanitarias Mínimas en Faenas Mineras

La normativa vigente a fiscalizar por SERNAGEOMIN incluye la totalidad de las condiciones mínimas ambientales a cumplir como describe el Capítulo 4°, Sobre Condiciones Sanitarias Mínimas en Faenas Mineras, del Decreto 72/1985 “Reglamento de Seguridad Minera”. Este reglamento otorga a SERNAGEOMIN la facultad EXCLUSIVA y EXCLUYENTE de velar por el cumplimiento de su normativa, encuadrado dentro del contexto de las competencias de dicho organismo.

El mismo reglamento de Seguridad Minera indica expresamente que el DS N° 594, fiscalizable por la SEREMI de Salud, tendrá solo una aplicación “supletoria” en lo no dispuesto por él. Es por esta razón que las fiscalizaciones en Minería se centran principalmente en aspectos de higiene y seguridad, que no se encuentran regulados por el SERANGEOMIN, principalmente en las labores de superficie.

No obstante lo anterior, las instalaciones fuera del pique pueden ser fiscalizadas por Salud y en estos casos se verifica el cumplimiento de la Ley 16.744 y Reglamentos complementarios DS N° 40/68 “Reglamento de Prevención de Riesgos”, DS N° 54/68 “Reglamento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad” y del DS N° 594/99 “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en Lugares de Trabajo”, siendo los siguientes tópicos los más sancionados : Manejo de residuos peligrosos, manejo de sustancias químicas, condiciones de casinos y comedores, abastecimiento de agua potable, disposición de excretas.
8. Sobre las Fiscalizaciones a la Mina San José:

Esta faena minera se considera como de Alto Riesgo, lo que se ha traducido en 5 fiscalizaciones desde el año 2008.

8. Sobre la capacidad de fiscalización de las ASR.

El universo de empresas en la región de Atacama, alcanza aproximadamente 5.000, lo que excede ampliamente a la capacidad de fiscalización de 3 funcionarios pertenecientes a la Unidad de Salud Ocupacional, más un funcionario realizando suplencia y un funcionario HSA. De los 4 funcionarios, 2 son Expertos en Prevención de Riesgos, 1 Ing. En Medio Ambiente y 1 Profesional de la Salud. Con esta reducida capacidad de fiscalizadores, se deben atender los requerimientos:

1. Investigación de accidentes fatales y graves, en todas las ramas de actividad económica.
2. Intoxicaciones por Plaguicidas.
3. Programa de Población Vulnerable (Pirquineros)
4. Registro, autorización de Equipos Críticos
5. Calificación de Trabajos Pesados,
6. Registros de Expertos en Prevención de Riesgos,
7. Plan Nacional de Erradicación de la Silicosis,
8. Plan Integrado Nacional de Salud ocupacional en la Red Asistencial,
9. Fiscalización de los Organismos Administradores del la Ley 16.744,
10. Participación en Consejo Consultivo de Salud Ocupacional.
11. Atención de Denuncias.
Finalmente en el estudio de brecha realizados por la Unidad de salud Ocupacional con un equipo compuesto por tres profesionales contrata, un titular en suplencia y un honorario se determinó la brecha a un profesional por año, esto de acuerdo a la actividades programadas en el presente año.

martes, 17 de agosto de 2010

CONVOCATORIA

ENCUENTRO DE SALUD

20 AÑOS DE SALUD PUBLICA, REFLEXIONES, PROPUESTAS



La salud Pública de nuestro país cuenta con una larga tradición de esfuerzos y logros, desde los antecedentes del Servicio Nacional de Salud, hasta los últimos cambios producidos durante el comienzo de este nuevo siglo. Todos estos esfuerzos han permitido a nuestro país ubicarse dentro de los que poseen los mejores indicadores en cuanto a logros sanitarios.

La tarea ha sido titánica y ha requerido un enorme esfuerzo de pensamiento, reflexión, propuestas proyectos, inversiones, generación de capacidades humanas, de coordinación, de aunar esfuerzos, visiones, sueños y pasiones. Se actuó con ganas, con mística, a veces con rabia, otras con desgano, pero siempre con la intención de mejorar las condiciones en que las personas reciben salud en nuestro país.

Hoy instalados en diferentes posiciones nos reencontramos con el mismo espíritu de solidaridad y de entrega con que nos formamos y no queremos estar al márgen de los desafíos que toda la ciudadanía de nuestro país reclama, por ello es que empeñados en seguir aportando es que queremos invitarte a reunirnos, mirar lo realizado, discutir los desafíos y retomar el camino de construcción que por el compromiso que hemos adquiridos sigue siendo ineludible.

Nos juntamos porque vamos a generar un espacio de reflexión sobre el devenir de nuestro sistema de salud

Porque vamos a generar propuestas para el desarrollo de la salud de nuestro país.

Te invitamos a participar en un encuentro de análisis, para reflexionar y proponer en conjunto los nuevos desafíos para la salud en la segunda década del siglo veintiuno.

El encuentro se realizará en el Espacio Matta, costado Ilustre Municipalidad de La Granja el día 28 de Agosto entre las 10 y 13 horas.

QUIENES ESTAN INVITADOS?


Todos los que pusieron un grano de arena, para hacer realizad más equidad en salud para los chilenos, todos los que adscribieron, apoyaron y formaron parte del tremendo proyecto, los que laboraron y trabajan en el MINSAL, los Servicios, los Municipios, los centros de salud y hospitalarios.


PROGRAMA:

- Introducción: El sentido del encuentro

Equipo organizador

- Audio visual “20 años, de salud publica, más dignidad para los chilenos”

- Mesa redonda:

• Aprendiendo de la Historia, preparando los desafíos
• Los objetivos Sanitarios para la próxima década

- Trabajos de grupos: Los principales temas de futuro.
- Plenario y Próximas actividades

- Convivencia de amigos

El "gobierno de los mejores”: Ejecución por programas de Subsecretaria de Redes Asistenciales

Tal como anunciamos estamos publicando la ejecución al 31 de Julio, pasados 7 meses del año del presupuesto de Redes. Como se observa, la ejecución en base a lo devengado que es mayor a lo realmente gastado es extraordinariamente baja. Mas preocupante, a pesar de toda la publicidad  mediática y promesas, estas no se traducen en gestión sino que solo en anuncios vagos . Ejemplos:

- “El gobierno esta modernizando los sistemas informáticos”, las tres áreas mas importantes relacionadas : Agenda digital, sistemas de información para la red de salud y sistema de información de Recursos humanos tienen un presupuesto devengado de 1% 1,9% y 5,5% respectivamente.

- “El gobierno asegurará el cumplimiento de las garantías GES”. El presupuesto para implementación de la garantía de calidad tiene 0% de avance.

- “La campaña de invierno ha sido implementada de manera oportuna”. El presupuesto devengado, es decir los recursos para esta han sido 0.

Para el resto de los programas la situación no es mucho mas alentadora. De hecho la ejecución global del presupuesto al 31 de Julio es apenas de 40%.
Seguiremos atentos y monitoreando la gestión del sector e informando con verdad y transparencia!.


martes, 10 de agosto de 2010

Los desaciertos en materia de vacunación del nuevo gobierno

Las declaraciones del Ministro Mañalich en relación con su interés por promocionar estrategias preventivas, choca con los múltiples desaciertos ocurridos en el programa de inmunizaciones, programa de prevención que se sitúa en los cimientos de cualquier enfoque preventivo.
Las nuevas autoridades de salud, desde antes de asumir sus funciones , mostraron su interés por modificar las definiciones y estrategias de vacunación definidas en el gobierno anterior, aun sin conocerlas cabalmente.

1. La campaña de vacunación antiinfluenza AH1N1 2010

Dentro de las primeras medidas adoptadas por el gobierno se incluyó la extensión de la vacunación contra la influenza a toda la población de adultos mayores del país, sin contar para ello con evidencia alguna que justificara la vacunación de adultos mayores sanos ni tampoco de toda la población como se decidió post terremoto. La inconveniencia de esta medida radica básicamente en dos elementos:

• Los adultos mayores tienen inmunidad en una proporción muy importante dado que se inmunizaron en la pandemia del año 1957. A esto se agrega el mayor riesgo de complicaciones como Guillain Barre.
• El objetivo de vacunar este año solo a grupos con más riesgo de complicaciones definida en la gestión anterior obedeció a que la pandemia iba en franco descenso y la mayor parte de la población en Chile se inmunizo con la Epidemia en el 2009.

A pesar de que se entregó la evidencia a las nuevas autoridades, decidieron igualmente la adquisición de 1.000.000 de dosis adicionales de vacunas antinfluenza, en un escenario de múltiples necesidades emergentes derivadas del terremoto. A esto se sumó una estrategia improvisada para abordar la vacunación de 4.000.000 de personas en un periodo no mayor de 6 semanas. Esto requería de un nuevo diseño para llegar a un número tan elevado de personas en un escenario que ya se conocía difícil por estar aplicando una vacuna nueva. Hasta esta fecha no hay claridad en la modalidad de adquisición, el precio a que fue adquirida y la asociación de esta compra con ciertas “donaciones” de vacuna recibida.

A poco andar la estrategia de vacunación tropezó con la masiva circulación de correos electrónicos alarmantes de grupos de antivacunas, que sembraron dudas y temor en la comunidad, sin que en ninguna oportunidad las autoridades se dirigieran a la población con el fin de aclarar una a una las malintencionadas afirmaciones contenidas en el e mail, todas fácilmente descartables. En su lugar su realizaron declaraciones vagas en relación a la seguridad de la vacuna que de forma alguna permitieron a la población disipar las dudas sembradas.

Las inconsistencias declaradas son múltiples, solo a modo de ejemplo, el 4 de mayo la Subsecretaria Jadue afirma que se han vacunado 2.200.000 personas, y posteriormente, en el discurso del 21 Mayo, el Presidente de la República informó al país que “Más de 4 millones de personas fueron vacunados contra la influenza humana.”, ¿se debía entender que entre el 4 y el 21 de mayo se vacunaron 1.800.000 personas?- Hasta la fecha, el Ministerio de Salud no ha publicado ninguna estadística acerca de las coberturas logradas en cada uno de los grupos objetivos iniciales y ni de aquellos que se fueron sumando a medida que transcurría en tiempo. Resulta por decirlo menos desconcertante que después del anuncio del 21 de mayo, que cualquiera hubiera pensado se había agotado la existencia de vacunas antiinfluenza, el 1° de junio de 2010, se anunciara la extensión de la vacunación a toda la población, indicando a la vez haber alcanzado la cifra de 3.150.000 dosis. Es decir, el anuncio del presidente del 21 de Mayo era falso.

Como si toda esta confusión de información fuera poco el 30 de junio la Subsecretaria Jadue declara: ““Le estamos ganando la batalla a la gripe AH1N1 gracias al esfuerzo compartido entre la comunidad, los profesionales de los establecimientos de salud y al Ministerio”, sin que se entregaran cifras de personas vacunadas, ni de la bajísima circulación de virus influenza a esa fecha, ¿qué batalla cree haber ganado?

Cabe destacar que durante la campaña de vacunación antiinfluenza 2009, un año antes, el Ministerio de Salud puso a disposición de toda la comunidad en su página web la estadística de personas vacunadas, por grupo objetivo y por región actualizada en forma diaria. La población tiene derecho a saber cuantas dosis de vacunas se compararon en forma innecesaria y permanecen aún guardadas ¿o han ya han sido destruidas?


2. La vacunación antihepatitis A:

La dramática situación vivida con el terremoto del 27 de febrero hizo necesario disponer la vacunación antihepatitis A en las zonas amagadas, las que permanecieron varias semanas en mala condiciones de saneamiento básico: la vacunación se inició antes de una semana de ocurrido el terremoto. Hasta la fecha se desconoce el universo de personas vacunadas, considerando que las dosis recibidas en donación superan las 100.000 dosis. Asimismo no se ha dado a conocer ninguna estrategia para la administración de la segunda dosis a la población vacunada, lo que debiera ocurrir a partir del próximo mes de septiembre.

3. Las cámaras frías:

Durante 2009, el Ministerio de Salud dispuso la instalación de cámaras frías en las centrales regionales de vacunas, con el fin de reemplazar el antiguo sistema de acopio en base a refrigeradores en su mayoría domésticos. Este soporte logístico es indispensable para incorporar en forma segura las nuevas vacunas que el programa necesitaba incorporar, y para racionalizar los elevados costos de distribución que tiene repartir vacunas en pequeñas cantidades y en forma muy frecuente. No tiene justificación que no estén en funciones generando ya los beneficios mencionados.

4. La vacunación de menores de 5 años con vacuna antineumococica

Todo lo anterior son desaciertos que han dificultado la marcha habitual del programa, pero lo que resulta indignante e incomprensible es que estos desaciertos hayan afectado al más importante avance del programa de inmunizaciones planificado y financiado en el presupuesto 2010: la incorporación de la vacuna neumocócica conjugada del niño, deuda de equidad con la mayoría de los niños de Chile que no reciben esta vacuna disponible en el mercado hace varios años. No hay argumentos técnicos, ni de sentido común que justifiquen la insólita medida de llamar a licitación la nueva vacuna y luego adjudicar solo el 10% de lo requerido para iniciar la vacunación programática a partir el último trimestre de 2010. Las mismas razones que intentó utilizar Mañalich para asignar recursos del plan de reconstrucción para adquirir vacuna antiinfluenza en forma adicional, el deterioro post terremoto de la red pública de salud, se le debe exigir sea utilizada ahora para reponer los recursos destinados a este fin en el Presupuesto 2010.
El presupuesto 2010 de expansión del Programa Nacional de Inmunizaciones, PNI, presentado y aprobado por el Congreso planteo como principal problema a abordar en los próximos años el que existen vacunas con indicación de uso universal de demostrada efectividad (rotavirus, Hepatitis A, Neumococo) que en Chile solo están disponibles para quienes pueden adquirirla. Por esto se solicitaron y aprobaron M$ 4.088.200 para cobertura de vacuna contra St Pneumoniae a todos los < de 1 año en programa regular y campaña a todos los niños menores de 5 años.
St. Pneumoniae es la primera causa de Enfermedad invasora (Meningitis y Sepsis) en niños menores de 5 años, con letalidad entre 20 y 40 %. La vacuna esta incluida en Programas en: Canadá, EEUU, Barbados, Bahamas, Guatemala, El Salvador, Honduras, Costa Rica, Cuba, Panamá, Nicaragua, Colombia, Perú, Brasil, Uruguay y Argentina.

La inmunización de lactantes reduce en 75% la morbimortalidad por enfermedad Invasora y en 15 a 20% hospitalizaciones por IRA baja en < 3 años

Se otorgaron además M $ 478.441 adicionales para lograr un aumento de cobertura de 11.385 adultos mayores para llegar a una cobertura total de 356.385 beneficiarios

Por todo lo anterior, nos parece que si las autoridades valoran las estrategias preventivas de cuidado de la salud, lo deberían demostrar con hechos y no con acciones que muestran a lo menos falta de claridad en los objetivos sanitarios del sector y una peligrosa ignorancia y falta de formación en Salud Publica.

Ya es tiempo de pasar de las PROMESAS de buena gestión a, al menos, MANTENER la gestión de Salud Publica con estándares mínimos que no deterioren la salud de nuestros ciudadanos.

jueves, 5 de agosto de 2010

Las mentiras de las listas de espera AUGE

"Piñera: Hemos reducido a la mitad las listas de espera del Auge de 360000 a 180000". La Segunda 30 de julio.

1. Mentira, nunca hubo 3600000 casos en lista de espera. Las listas de espera son, prácticamente, las mismas desde Marzo 2010. Específicamente la lista de espera AUGE en abril 2010 fue de 251.188 casos AUGE, mientras que en junio 2010 fue de 246.742.
Para estimar el impacto económico de resolver las retrasadas AUGE se hizo una limpieza, preliminar en el sistema SIGGES, que monitorea las garantías:
• Se sacaron los retrasos AUGE de personas que ya fallecieron
• Se sacaron los casos de personas que prefirieron atenderse vía "libre elección", que ya resolvieron su problema AUGE.
• Se sacaron los casos con inconsistencias evidentes ejemplo: retraso AUGE en el diagnóstico y resulta que ya está en tratamiento,

2. Si se insiste en que han resuelto 180 mil casos AUGE en 70 días, que se entreguen los RUT, nombres, y fecha de resolución. El sistema SIGGES posee esos datos.

3. Es imposible que se hayan resuelto porque no ha existido ningún programa especial o adicionado recursos para su resolución.

4. Los casos retrasados, según el mismo Director de FONASA, a abril 2010 eran 272.278 (El Mercurio 25 de mayo), y al mes de junio, 246.724 (La Nación 9 de julio "Uriarte informó que al 30 de junio se encontraban retrasadas 246.724 prestaciones para pacientes AUGE").O sea que ¿entre el 30 de junio y el 30 de julio se redujo la lista de espera AUGE de 246.274 a 180.000 casos? ¿En un mes se resolvieron más de 60 mil garantías AUGE retrasadas?.

5. Agregando la información pública, Boletín AUGE FONASA (a diciembre 2008), Boletín AUGE FONASA (a junio 2009), y lo declarado en la prensa referida, se obtiene la siguiente tabla:

Fecha Garantías Retrasadas
2005 (dic) 119.836
2006 (dic) 192.414
2007 (dic) 293.578
2008 (dic) 219.247
2009 (jun) 267.114
2010 (abr) 272.278
2010 (jun) 246.274


ENTONCES: nunca las garantías retrasadas AUGE han sido del orden de 360 mil. A pesar de lo declarado por la Presidencia el 21 de mayo:
"Las listas de espera crecen vertiginosamente. Un cálculo conservador cifra hoy en 380 mil los pacientes en lista de espera AUGE y en 300 mil adicionales los que no reciben atención oportuna a sus problemas de salud no AUGE".

6. Toda la información que se entregue a la opinión pública debe ser comparable en todo el período. No se pueden ocultar cambios metodológicos, o "ajustes" sin informar transparentemente a la población. Las cifras de listas de espera AUGE no se pueden resolver por Secretaría. Es una burla a los usuarios y a los trabajadores de la salud.

7. Adicionalmente a la limpieza por Secretaria se le pidió a los Servicios de Salud a traves de un onstructivo en Abril 2010 actualizar la información de lista de espera AUGE con la amenaza de descuento de recursos -y compra de FONASA a privados- si es que los casos no habían sido resueltos.

Emplazamos al Ministro y al Director de Fonasa que nos rebatan estos datos con cifras chequeables. Para esto el tema Sigges posee toda la información y solo basta traspasar lo solicitado a una planilla EXCELL.

Esperamos la respuesta!

miércoles, 4 de agosto de 2010

Intereses v/s Interés. Editorial de nuestro equipo

Luego del fallo del Tribunal Constitucional sobre el uso de la tabla de factores de riesgo de las Isapres, el gobierno deberá abocarse a la tarea modificar esta tabla o avanzar un fondo de compensación de riesgo solidario del sistema Isapre. Para esta tarea el presidente convocó a un panel de doce expertos.
Sin embargo, uno de los integrantes de este grupo, el ex Superintendente de Salud Manuel Inostroza, ha advertido que cualquier acción en la cual actúe la Superintendencia de Salud deberá contar con la inhabilitación de su actual titular, Luis Romero Strooy, para evitar eventuales conflictos de interés. "Un acuerdo con la Superintendencia de Salud respecto al punto inhabilita al actual Superintendente, porque recordemos que es ex gerente de una Isapre y director de otra Isapre y esta eventual regulación administrativa no podrá hacerla. Cualquier tabla de factores puede ver visto como algo que puede beneficiar a las empresas”
Ya ha dejado de ser novedad en Chile, que las nuevas autoridades de gobierno tengan algún conflicto de interés y deban inhabilitarse para tomar decisiones que son propias de su función pública. Pareciera que una de las principales características de la “Nueva Forma de Gobernar”, será que las autoridades estarán permanentemente inhabilitadas porque poseen intereses, justamente, en las áreas que deben regular.
El sector Salud, parece no ser la excepción. Además de la inhabilidad del Superintendente de Salud, ya se ha planteando en los medios de prensa los conflictos de interés del Director de FONASA que, por coincidencia, fue Presidente de las Compañías Aseguradoras de Chile. A eso, debemos agregar al propio Ministro Mañalich, quien fue director y socio de la mayor clínica privada del país y es confeso militante y entusiasta promotor del Partido de los Enfermos, principales clientes de este tipo de establecimientos. En verdad, no se ve bien, no parece correcto, no da confianza.
Hace algunos días, el vespertino La Segunda, muy obediente al último instructivo del gobierno que identifica a la oposición como uno de sus principales adversarios, publicó una lista de “despilfarros de fondos del Estado” por parte de los “adversarios” de la gestión anterior. Entre los “despilfarradores”, se menciona al Dr. Hernán Monasterio ex Director de FONASA y al Dr. Ricardo Fábrega, ex Subsecretario de Redes Asistenciales. El despilfarro consistió en organizar fiestas de navidad o fiestas del 18 de septiembre, para el personal y sus familias. Sin perjuicio de las diferencias que se pueda tener con su gestión y, dejando pendiente la reflexión de porqué se califica de despilfarro un gasto que se hace para reconocer la labor de los trabajadores, digamos que tanto el Dr. Fábrega como el Dr. Monasterio, son profesionales que viven de sus salarios. No poseen empresas ni forman parte del directorio de ninguna, no tienen “intereses”, y todo indica que su interés principal, al que han dedicado gran parte de su vida profesional, es la salud pública. El dinero que deberán devolver fue usado íntegramente en los funcionarios, en reconocer el trabajo que ellos realizaban, nada de eso se fue a sus bolsillos.
En el mundo de los grandes negocios, la acción u omisión de una autoridad puede significar miles de millones de pesos en ganancias para una empresa o un grupo de empresas. No se nota, no se sabe, no se denuncia, es más sutil, pero mucho más cuantioso y lucrativo. El dinero que se mueve, es cientos de veces más de lo que gastaron los “despilfarradores” Fábrega y Monasterio en sus funcionarios, pero con otra diferencia adicional, ese dinero queda en los bolsillos de los interesados. Ojalá que la Contraloría también dedique esfuerzos a investigar estos conflictos de interés y las consecuencias que pueden tener para el erario nacional, aunque tenga que auditar a la mayoría del gabinete y al propio inquilino de La Moneda.

martes, 3 de agosto de 2010

Propuestas de la Comisión Asesora Presidencial Mujer, Trabajo y Maternidad mantiene inalterado permiso post natal maternal

Propuestas de la Comisión Mujer, Trabajo y Maternidad

Subsidio maternal


1. La mayoría de los miembros de la Comisión recomiendan revisar la estructura del subsidio maternal, de modo de reducir su patrón regresivo.

2. La Comisión propone extender el subsidio maternal a todas aquellas mujeres que han ejercido alguna actividad laboral acreditada durante un período mínimo en el año anterior a producirse el embarazo.

3. La Comisión propone garantizar el acceso a sala cuna subsidiada por el Estado, para todos los menores de dos años cuyos padre y madre (ambos) pertenezcan a la fuerza de trabajo y deseen hacer uso de esta opción. La garantía es extensiva a menores que viven en hogares mono-parentales a cargo de un padre, madre o tutor que pertenece a la fuerza de trabajo.

4. La Comisión estima que el esquema descrito en el punto anterior debiera ampliarse a niños/as entre dos y cuatro años que asistan a jardines infantiles.

Actualización legislación laboral en materias de protección a la maternidad y cuidado infantil

1. La Comisión propone que la mujer embarazada tenga la opción de postergar el inicio de su permiso prenatal por un período de hasta 15 días.

2. La Comisión propone que el tiempo de prenatal que no se utiliza en caso de partos anticipados o prematuros, se traslade en su totalidad y automáticamente al post natal.

3. La Comisión propone de forma unánime que se mantenga inalterado el permiso postnatal maternal actualmente existente en la legislación laboral.

4. La Comisión propone crear un nuevo permiso postnatal PARENTAL al que puedan acceder tanto las madres como los padres, que se inicia cuando termina el postnatal maternal.

5. La Comisión propone que el Estado otorgue un subsidio al padre durante los 5 días de permiso por nacimiento del hijo con el fin de que éste efectivamente sea ejercido por los padres. El subsidio debería tener las mismas características que el subsidio aplicable al actual permiso de postnatal.

6. La Comisión propone que la madre que haya sufrido la muerte de su hijo/a tenga derecho a volver a trabajar antes de expirado el plazo de su permiso postnatal maternal.

7. La Comisión propone que la mujer que adopte a un niño o niña menor de dos años tenga derecho a un permiso de postnatal de 12 semanas y acceda al mismo subsidio que tiene una madre biológica por ese permiso maternal.

8. La Comisión propone que el hombre y la mujer que adopten a un niño o niña menor de dos años tengan derecho al permiso parental descrito previamente.

9. La Comisión propone que el hombre y la mujer que adopten a un niño o niña mayor de dos años tengan derecho a un permiso especial de adopción de 2 meses contados desde la fecha de la sentencia judicial en que se les otorga la adopción del menor.

Licencias medicas por Enfermedad grave hijo menor de 1 año

1. La Comisión propone mantener este beneficio para enfermedades graves del hijo menor de 1 año, bajo ciertos parámetros.

• Sólo a partir de cuando termina el permiso postnatal o, si se aprueba su creación, al término del permiso parental.

• En caso de existir el permiso parental, y éste ser tomado en la modalidad de media jornada, al presentar un/a hijo/a menor de un año alguna enfermedad grave, la madre o el padre, deberá hacer uso primero del permiso parental en jornada completa. Al término de ese período, de requerir mayor tiempo de permiso para efectos del cuidado del menor, la madre o el padre, podrán entonces solicitar la LEGHM correspondiente.

• El subsidio asociado a este beneficio se mantendría en similares condiciones al actual.

• Dado que la ley establece en el artículo 199 que, si este beneficio se obtiene de manera indebida se deberá devolver el monto del subsidio entregado y eventualmente se podrán ejercer acciones judiciales, es fundamental establecer un sistema de fiscalización, en el subsector ISAPRE y en FONASA.

• Este sistema de fiscalización debería contar con información en línea sobre las licencias por EGHM cursadas por cada facultativo médico. Para esto se propone que la entidad a cargo de supervisar el sistema sea la SUSESO, con el respaldo de una organización independiente, que de garantías de seguridad en el manejo de la información, y que no tenga conflictos de intereses.

• La Comisión propone revisar el proyecto de implementación de las licencias médicas electrónicas, actualmente disponible de manera voluntaria para prestadores del subsector ISAPRE

• Para que sea efectiva la sanción, se requeriría incrementar las sanciones penales para aquellos profesionales que emitan licencias probadamente indebidas. Asimismo, sería necesario ampliar los titulares de las acciones legales correspondientes.

• Adicionalmente los profesionales identificados deberán ser sometidos a tribunales de ética profesional y recibir las sanciones correspondientes establecidas en conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Constitución Política de la República de Chile.

Fuero maternal

1. La Comisión propone mantener el plazo de protección del fuero maternal inalterado, esto es desde que la mujer se queda embarazada hasta que ha transcurrido un año y 84 días desde el alumbramiento de su hijo o hija.

2. La Comisión propone explicitar legalmente que el fuero maternal rige sólo respecto de la relación laboral en la cual tuvo su origen. Esto es, si una mujer renuncia voluntariamente a su trabajo, estando amparada por el fuero maternal y con posterioridad, es contratada por un/a empleador/a distinto/a, la relación laboral de dicha mujer con su nuevo/a empleador/a no estará afecta a fuero maternal, aún cuando todavía no haya expirado.

3. La Comisión propone actualizar las normas que rigen el término del fuero maternal en los (a) contratos a plazo fijo y (b) por obra o faena cuya duración sea inferior a 6 meses, asimilándolas a las normas que rigen en los contratos de servicios transitorios. De esta forma, el fuero maternal cesará de pleno derecho al llegar el plazo fijado para el término del contrato o concluirse la obra o faena para la cual la mujer fue contratada, siempre que dicha conclusión de obra o faena ocurra dentro de los seis meses siguientes a la fecha de contratación de la mujer. Que el fuero cese de pleno derecho, significa, que el empleador no deberá obtener una autorización judicial previa para ponerle término a dichos contratos de trabajo por las causales de expiración del plazo o conclusión de la obra o faena.

Derecho a dar alimento a los hijos

El artículo 206 del C. del T. dispone que las madres tienen el derecho de dar alimentos –no sólo a amamantar sino que a alimentar– a sus hijos menores de dos años, a lo menos una hora al día, lo cual se puede ejercer de diferentes maneras acordadas con el empleador.

1. La Comisión propone racionalizar el ejercicio de este derecho bajo los siguientes criterios:

• Este derecho debería ser sólo aplicable cuando las madres trabajen jornada completa.

• A partir de los 6 meses de vida del menor, este derecho se debería poder ejercer por la madre o el padre, alternativamente. Los padres deberían poder decidir de común acuerdo quien ejercerá el derecho y en caso de no existir acuerdo, que lo tomará la madre.

2. La Comisión propone que el derecho para ausentarse del trabajo por el número equivalente a 10 jornadas ordinarias de trabajo al año, distribuidas a elección en jornadas completas, parciales o combinadas, de la madre o padre trabajador dependiente, se mantenga sin modificaciones.

lunes, 2 de agosto de 2010

A proposito de educacion universitaria: Articulo de Patricio Meller

La Universidad de los clones
Patricio Meller
Académico Magíster Globalización
Universidad de Chile

El 70% de los alumnos universitarios en Chile estudia en planteles privados. ¿Debiera importar el hecho que muchas de estas universidades tengan dueños con una determinada tendencia religiosa y/o ideológica?
Además de conocimiento, las universidades transmiten valores, por lo que si los dueños de alguno de estos centros de estudio sólo contratan a profesores que piensan como ellos y con su mismo tipo de valores, nos enfrentamos a una verdadera Universidad de los clones. Sus profesionales egresados entonces son perfectos clones, con los mismos valores e ideología que los de los dueños.
La uniforme composición de los alumnos refuerza este concepto, porque parte del aprendizaje universitario se genera en la interacción con los compañeros, lo que exige diversidad. Pero si las universidades reproducen la composición de los colegios, entonces los alumnos se juntan con sus similares y la burbuja universitaria reemplaza a la burbuja colegial.
Así cabe preguntarse ¿cuál es la diferencia entre una universidad y una consultora que contrata profesionales? Más aún, ¿pueden los profesores universitarios plantear ideas distintas a las de los dueños?
El rol de la universidad es educar a los jóvenes para que tengan pensamiento propio, para lo que -entre otras cosas- se requiere de una sala de clases donde se produzca una suerte de “mercado de las ideas”, donde los futuros profesionales sean expuestos a un intercambio amplio, fundamentado y diverso de pensamientos u opiniones. Esto permite que cada joven descubra su propia verdad de entre un set de planteamientos diferentes y no a través de una sola postura dogmática.
De ahí que la responsabilidad de un académico, tanto de universidades privadas como estatales, sea con la sociedad (y con sus pares). No con los dueños de la universidad. Así de tajante.
Por consiguiente, los propietarios de una universidad (privada o estatal) tienen el derecho a cerrarla, pero no pueden despedir a un buen académico por discrepancias ideológicas. En una consultora, por antonomasia, no hay restricciones al respecto.
Para preservar su función esencial una universidad tiene que evitar que su dueño (empresario privado, administración estatal, o grupo religioso) le restrinja o le imponga a los profesores lo que pueden y lo que no pueden enseñar. Más allá de lo ya expuesto, esto es lo que haría una institución de adoctrinamiento dedicada al proselitismo.
Por eso son imperativos la libertad académica y el pluralismo (tanto en profesores como en alumnos). Pero hay un pluralismo mal entendido: cuando existe un amplio espectro de universidades controladas por grupos con ideologías o valores diferentes y cada joven puede escoger donde estudiar, según sus preferencias, entonces ¿por qué preocuparse de lo que hacen los dueños?
Es que esta es una situación ideal para la generación de clones de diferentes colores, pero que siguen siendo sólo clones. Cada joven universitario TIENE que estar expuesto a conocer posiciones diferentes y discrepantes.
El punto es que este problema se ha tornado cada vez más agudo. Los “responsables de la clonación” no sólo son los dueños (o los rectores estatales), sino que también los mismos profesores universitarios. Las Facultades tienen el sesgo de contratar a profesores que hacen lo mismo que los que ya están adentro. Ósea traen a nuevos clones. Además, todo esto coexiste con los fundamentalismos académicos (¿se acuerdan de los Chicago boys?).
En síntesis, ¿por qué es problemático para un país que haya Universidades que sólo generan clones? Primero, porque la estabilidad política puede verse afectada ante pugnas entre clones fundamentalistas de distinto signo. Y segundo, tan importante como el punto anterior, porque el crecimiento económico requiere agentes con capacidad innovadora habilidosos, para imaginar cosas nuevas. Los clones, en tanto, sólo están capacitados para repetir como papagayos lo que aprendieron.
Si convenimos que este siglo XXI es el de las ideas, entonces las universidades no debieran estar dedicadas a la clonación, sino que decididamente a la innovación.

domingo, 1 de agosto de 2010

La nueva forma de gobernar. Como bajamos el numero de garantias retrasadas AUGE por secretaria

Hace dos dias el Presidente Pinera anuncio que se habian bajado las esperas AUGE (en rigor garantias retrasadas en alguna parte de la cadena de resolucion de porblemas ) de 300 mil a 150 mil. Esto que fue mostrado como una prueba de la "nueva eficiencia" no es mas que otro sufterfugio (mas bien engano).

Como lo hicieron?.
- En Diciembre del 2009 las garantias retrasadas sumaban 267.000 para todo. Habitualmente (de rutina) dos veces al año se da una instruccion a los Servicios de chequear los datos para asegurar que las garantias se cierren en el sistema ya que muchas veces a pesar de que se hace la prestacion, los datos no se ingresan en tiempo real. Dos ejemplos: es imposible que haya retraso en analgesia del parto porque 100% de los partos son con analgesia, sin embargo en Diciembre aparecian 4498 casos con retraso. Lo mismo ocurre con Infarto Agudo del Mocardio y muchas otras de las patologias cubiertas.

Pues bien, el Director de Fonasa envio un oficio en Abril a todos los Servicios de Salud pidiendo que revisaran los datos y completaran la informacion pendiente de ingresar para cerrar los casos. El plazo fue Julio 30. Como resultado de esta revision se disminuyo el numero de retrasos a aproximadamente la mitad NO PORQUE SE RESOLVIERA NADA ADICIONAL SINO QUE POR UNA LIMPIEZA DE DATOS.

Lo increible, que desafortunadamente muestra la "etica" de estos nuevos "servidores publicos", es que ni mas ni menos que el presidente anuncia esto como una disminucion de lista de espera AUGE y el gran logro en salud hasta ahora de su gobierno.

Esto se suma a varios otros episodios en que lisa y llanamente se ha faltado a la verdad de lo que verdaderamente esta oocurriendo en la gestion del Salud.

Reafirmamos una vez mas nuestro compromiso de monitorear permanentemente la gestion en salud de este gobierno. Entre todos podremos contar la historia de manera transparente y veridica.

Para mas informacion ir a www.fonasa.cl y buscar Boletin estadistico AUGE.